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¿Qué son los intereses bancarios? Tipos y funcionamiento

18 Ene, 2017 -

¿Sabemos qué son los intereses bancarios? Los intereses bancarios están presentes en multitud de operaciones financieras y su importancia es vital a la hora de determinar la idoneidad de estas operaciones. Los encontramos en depósitos, préstamos, créditos, hipotecas, y en tantos otros productos bancarios, pero también existen intereses vinculados a operaciones económicas entre particulares. Para entender mejor su importancia y su funcionamiento vamos a profundizar en el concepto de los intereses bancarios.

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¿Qué son los intereses bancarios?

Los intereses, de manera genérica, determinan una cantidad económica que va a satisfacerse como contraprestación por una cesión de capital. Tanto si hablamos de préstamos, créditos, depósitos y otros productos bancarios, como si lo hacemos sobre una cesión entre particulares, este acto va a conllevar la generación de unos intereses. Esto se hace para compensar económicamente a la parte que va a perder la disponibilidad de su capital, al acreedor, para ponerlo al servicio de la otra parte, el deudor.

Volviendo a los productos bancarios, el ejemplo más claro de operaciones que generan unos intereses serían los préstamos y los depósitos. En el caso de los préstamos, somos los clientes los que solicitamos al banco que nos ceda una determinada cantidad económica durante un período de tiempo concreto. A cambio, deberemos devolver al banco la cantidad prestada más unos intereses determinados. En el polo opuesto tenemos los depósitos bancarios, a través de los cuales somos los clientes quienes nos convertimos en acreedores del banco, quien deberá abonarnos unos intereses a cambio de la cesión de nuestros ahorros.

¿Cómo funcionan los intereses bancarios?

Los intereses bancarios, el dinero que vamos a tener que pagar por un préstamo o que vamos a obtener por un depósito, vendrán determinados por una tasa de interés, que se expresa en forma de un porcentaje del capital total de la operación. Este porcentaje deberá ser pactado por las partes a través de un contrato escrito, ya que de no ser así, legalmente se entendería que la cesión de capital se realiza al 0 %. Es decir, estaríamos ante un préstamo sin intereses. En este documento deberán aparecer también otros conceptos, como la duración de la cesión económica, la forma y frecuencia del pago de los intereses, etc.

Por lo general, el tipo de interés suele estar vinculado a un período de un año, por lo que hablaríamos de un tipo de interés anual.

Por ejemplo, si solicitásemos un préstamo de 100 €, a devolver en 3 años, con un tipo de interés del 2 % anual:

En el primer año, abonaríamos las cuotas de amortización pactadas más 2 € de intereses; en el segundo año, volveríamos a pagar las cuotas de amortización más otros 2 € de intereses; y en el tercer y último año, pagaríamos otros 2 € de intereses junto con las cuotas correspondientes. Al final del período establecido habríamos pagado 106 €. Es decir, habríamos acumulado un 6 % de intereses al vencimiento del tiempo de amortización.

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¿Qué tipos de intereses bancarios existen?

Conocer los tipos de intereses bancarios que existen, y entender sus diferencias, peculiaridades y funcionamiento nos ayudará a evaluar si un acuerdo económico nos es favorable o no.

Los intereses bancarios se dividen en dos tipos principales: los intereses remuneratorios y los intereses de mora.

  • Intereses remuneratorios. Son los intereses que se generan como retribución por la cesión de un capital económico. Es decir, de los que venimos hablando hasta ahora de manera genérica y a los que se puede aplicar todo lo anterior. Deben estar pactados por ambas partes bajo un contrato.
  • Intereses de mora. También llamados intereses de demora, moratorios o morata. Son unos intereses que se establecen como penalización en el caso de que se dé un incumplimiento del contrato. Se aplicarían, por ejemplo, en el caso de que el deudor no abonase las cuotas de amortización al acreedor en los tiempos estimados. Este tipo de intereses suelen ser elevados, ya que funcionan para persuadir al deudor a evitar incumplimientos, y pueden pactarse en el contrato. En el caso de que no haya unos intereses de mora pactados con anterioridad, se aplica el tipo de interés legal del dinero, un tipo de referencia establecido anualmente en el Boletín Oficial del Estado.

 

Más allá de estas dos modalidades principales de intereses bancarios en función a su distinta naturaleza, de forma genérica, podemos clasificar los intereses generados a través de una cesión económica en diferentes clases. Algunas de las más utilizadas son:

Intereses fijos o variables

Hablamos de interés fijo cuanto el tipo de interés que rige un contrato de cesión de capital es fijo e invariable durante el tiempo de amortización. Es decir, ambas partes pactan un porcentaje que se aplicará de principio a fin.

Por el contrario, un interés variable sería aquel cuyo tipo de interés está vinculado a determinadas variables que pueden hacer que este fluctúe. En estos casos, el tipo de interés suele estar formado por un mínimo fijo (acordado por las partes), a la que se sumaría esta otra parte variable.

El ejemplo más común es el de los préstamos hipotecarios en la que el tipo de interés está vinculado muy a menudo con el euribor (Euro Interbank Offered Rate. En español: tipo europeo de oferta interbancaria, utilizado como tipo de referencia para establecer el tipo de interés de otras muchas operaciones financieras).

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Intereses simples o compuestos

Los intereses simples son aquellos que se liquidan con la periodicidad acordada o al final del tiempo de amortización pactado, sin añadirse por defecto al capital inicial. Continuando con el ejemplo anterior, en el préstamo de 100 € al 2 % de interés anual a 3 años, al finalizar cada año deberíamos abonar 2 € en concepto de intereses, pero el capital sobre el cual se aplica el porcentaje del tipo de interés para calcular la cantidad a pagar seguiría siendo de 100 €.

En el caso de tener un tipo de interés compuesto, los intereses cobrados periódicamente pasarían a formar parte del capital a partir del cual se calcula la tasa de interés.

Por ejemplo, depositamos 100 € a plazo fijo con un interés compuesto del 1 % a 3 años. Transcurrido el primer año, obtendríamos 1 € de beneficio, que pasaría a engrosar el capital de nuestra inversión. Por ello, el interés del segundo año se calcularía tomando el 1 % de 101 €, con lo que obtendríamos un beneficio de 1,01 €. En el tercer año, de la misma manera, habríamos acumulado 102,01 € de capital, por lo que los intereses serían el 1 % de esos 102,01 €, es decir 1,02 € de beneficio. Finalizado el período de imposición, habríamos obtenido unos intereses totales de 3,03 €.

Intereses nominales o efectivos

En el caso del tipo de interés nominal y del tipo de interés efectivo, la diferencia radica en que en el caso del interés nominal el tiempo tomado como referencia para el cálculo del interés coincide con el tiempo de liquidación de los intereses.

En el caso del interés compuesto, este se emplea para expresar el interés real que va a originar una operación cuando el tiempo de referencia que se toma en el cálculo del tipo de interés no se corresponde con el de los períodos de pago de los intereses. De esta manera se consigue saber cuáles van a ser los intereses reales que se deriven de un tipo de interés compuesto. Por ejemplo, si tenemos un préstamo de 100 € a un año, con un 3 % de interés compuesto, y una liquidación de intereses semestral, en el primer semestre pagaríamos un 1,5 % de los 100 %, es decir 1,5 €. Pero en el segundo semestre del año pagaríamos el 1,5 % de 101,5 €, es decir 1,52. Con lo que el interés efectivo al cabo del año sería del 3,02 %.

 

Por último y de cara a simplificar las cosas a la hora de poder comparar los intereses que ofrecen distintos productos bancarios, se establecen estándares de referencia como la TAE (Tasa Anual Equivalente), que expresa la rentabilidad final de una inversión teniendo en cuenta los intereses nominales que genera, pero también los gastos y comisiones vinculadas a la operación.

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Por ejemplo, en el caso del Depósito Facto, el depósito de alta rentabilidad de la Cuenta Facto,  si hacemos una imposición de 50.000 € a 60 meses, la rentabilidad TAE que obtendremos será del 1,51 %, y esto equivaldría a unos beneficios brutos para el ahorrador de 3.750,09 €.

*TAE del 0,30% (0,30% TIN) para un depósito a 3 meses, TAE del 1,25% (1,25% TIN) para un depósito a 12 meses y TAE del 1,50% (1,50% TIN) para un depósito a 60 meses. A partir de 10.000€ y con liquidación cada 3 meses. Oferta para particulares.

 

 

 

*Este artículo se elaboró con fecha 18 enero, 2017, por lo que es posible que alguna información no esté actualizada. Te recomendamos que siempre revises la fecha de publicación del artículo. Consulta aquí las condiciones vigentes del Depósito Facto



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