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Descubre qué es la fecha valor y otras fechas importantes en las transacciones bancarias

3 Jul, 2018 -

La mayoría de las personas tenemos una relación bastante frecuente con las entidades bancarias, tanto a nivel personal como a nivel profesional. Y a todos nos ha pasado que, al encontrarnos por primera vez con algún concepto propio de ese sector y poco común en nuestro día a día, desconocíamos su significado o a qué podía hacer referencia.

Uno de los conceptos que pueden resultar más confusos para los no profesionales de las finanzas es el de la fecha valor. Este término está relacionado con otro también muy habitual como lo es la fecha contable –o fecha de operación–. Ambos son muy comunes en las gestiones  y operaciones que realizamos con las entidades bancarias. Por esta razón, creemos que es necesario conocer qué son estas fechas, para interpretar correctamente nuestras cuentas y no caer en equivocaciones innecesarias.

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¿Qué es la fecha valor y qué es la fecha contable?

La fecha valor es la fecha a partir de la cual un abono en cuenta comienza a reportar intereses o un adeudo deja de generarlos.

Por su parte, la fecha contable es la fecha en la que se contabiliza una operación, ya sea porque se ha realizado en ese momento o porque es cuando la entidad bancaria recibe constancia de la misma.

Por ejemplo, imaginemos que una empresa realiza el pago de la nómina de uno de sus empleados el día 29 del mes, pero el trabajador (por diferencia de entidades bancarias de emisión y recepción del capital) la recibe el día 30 del mes. En este caso, la fecha de operación de la transacción para la empresa será el día 29 (el día que realiza el envío), mientras que para el trabajador será el día 30 (el día que recibe constancia del pago).

La fecha de valor y la fecha contable no tienen por qué coincidir, de hecho es muy común que no lo hagan, y esto tan solo se produce en determinadas ocasiones, como por ejemplo cuando el emisor y receptor de una transferencia bancaria pertenecen a la misma entidad.

¿Por qué la fecha valor y fecha contable no siempre coinciden?

Como decíamos antes, puede haber ocasiones en las que la fecha valor y la fecha contable no coincidan en el tiempo, y que por tanto sean diferentes. Normalmente, esto depende del tipo de operación que estemos realizando, aunque también pueden influir otros factores como el número de entidades que intervengan en las las transacciones o que existan gestiones que se lleven a cabo desde un país externo al nuestro.

En este sentido, la fecha valor puede ser anterior a la fecha contable. De esta manera, el periodo que transcurre entre el momento en el que se realiza la operación y cuando se hace efectivo el cargo o abono se llama periodo flotante, y es importante tenerlo en cuenta, sobre todo en los supuestos en los que la cuenta pueda quedarse sin fondos, ya que el banco podría cargar intereses extra en concepto de descubierto en cuenta.

La diferencia temporal que puede existir entre la fecha valor y la fecha contable está regulada por la Ley de Servicios de Pagoy en ella se establece que:

  1. La fecha de valor del abono en la cuenta de pago del beneficiario no será posterior al día hábil en que el importe de la operación de pago se abonó en la cuenta del proveedor de servicios de pago del beneficiario.

 

  1. La fecha de valor del cargo en la cuenta de pago del ordenante no será anterior al momento en que el importe de la operación de pago se cargue en dicha cuenta.

 

Cabe destacar que estos plazos establecidos por ley son unos plazos máximos. Las entidades bancarias que deseen reducirlos en favor de sus clientes siempre pueden hacerlo. Lo que no está permitido es que los bancos alteren dichos plazos en busca de un beneficio propio y un perjuicio de sus clientes.

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¿Cómo podemos saber cuál va a ser la fecha valor que se va a aplicar en cada operación?

La fecha valor que se ha de aplicar a cada operación ha de ser comunicada siempre por las entidades bancarias a sus respectivos clientes. Una forma habitual de realizar esta comunicación es a través de la página web de la propia entidad, aunque también puede darse el caso de otros tipos de comunicaciones, como por ejemplo a partir de mensajes de correo electrónico o SMS.

De todas maneras, tenemos que ser conscientes de que, aunque los bancos nos informen de las fechas de valor que van a tener las operaciones que nos atañan, siempre tenemos que tener como referencia la Ley de Servicios de Pago que hemos mencionado anteriormente en este artículo, ya que los plazos nunca pueden ser superiores a los que se establecen en esta normativa.

Esta ley, y los bancos por su parte, pueden hablar también de días hábiles para marcar los límites de los plazos. Cabe decir que se suelen entender como días hábiles los días de lunes a viernes, ambos incluidos. Aunque haya casos en los que el sábado también se pueda aceptar como día hábil, no se considera mala práctica excluirlo de esta consideración, sobre todo cuando intervienen terceros, como Hacienda o la Bolsa, que no están operativos en ese día.

En resumen, para no caer en riesgos de descubiertos en cuenta y tampoco en confusiones innecesarias, es muy recomendable fijarse en cuál va a ser la fecha de valor de la operación que nos incumba. Por suerte, los periodos flotantes no son excesivamente prolongados, gracias a la normativa legal, pero sí que pueden resultar más largos de lo esperado y ocasionar alguna molestia a los clientes.

*Este artículo se elaboró con fecha 3 julio, 2018, por lo que es posible que alguna información no esté actualizada. Te recomendamos que siempre revises la fecha de publicación del artículo. Consulta aquí las condiciones vigentes del Depósito Facto



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