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De asalariado a autónomo: ¿Cómo capitalizar el paro?

7 Feb, 2017 -

¿Te encuentras en situación de desempleo, cobrando una prestación y estás pensando en cambiar de actividad? Si tienes un proyecto en mente que quieres desarrollar, probablemente estarás valorando la posibilidad de emprender y convertirte en autónomo.

Si esta es tu situación, ya estarás valorando cómo iniciar tu actividad y la posibilidad de necesitar la ayuda o no de un capital extra. En este sentido, seguro que te interesará saber que puedes solicitar el pago único de la prestación que actualmente estás recibiendo y utilizarla como empujón en esta nueva etapa.
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¿Qué es la capitalización de la prestación?

La capitalización del paro o capitalización de la prestación es el cobro de la prestación por desempleo a través de un pago único. Se suele solicitar cuando el perceptor de esa prestación va a iniciar una actividad profesional por cuenta propia.

Para que dicho cobro sea efectivo va a ser necesario que se justifique esa inversión, cuya finalidad debe ser exclusivamente empresarial.

¿Cuánto tiempo tarda? Desde su solicitud hasta que se efectúe el cobro de la misma, pueden pasar alrededor de 1-2 meses.

En cuanto a los requisitos que hay que cumplir, nos encontramos los siguientes:

  • Estar percibiendo una prestación por desempleo de nivel contributivo por extinción de la relación laboral.
  • No haber obtenido el pago único de una prestación por desempleo en los 4 años anteriores, en cualquiera de las modalidades posibles.
  • Tener aún pendiente el pago de al menos 3 meses de prestación.
  • Iniciar la actividad económica en una cooperativa o sociedad laboral como socio trabajador o trabajo con carácter estable, no temporal.
  • No haber comenzado la actividad antes de la fecha en que se presente la solicitud.
  • No haber compatibilizado la prestación por desempleo y el ser autónomo en los 24 meses anteriores.
  • Si se va a formar parte de una sociedad creada en los 12 meses anteriores, no puede ser una entidad con la que se haya tenido una relación laboral o alguna empresa que pertenezca al mismo grupo.

 

¿Para el desempeño de qué actividades se puede solicitar el pago único?

  • Para comenzar una actividad como trabajador autónomo.
  • Para incorporarse a una cooperativa ya existente o de nueva creación, bien como socio trabajador o de trabajo, pero debe ser con carácter estable, no temporal.
  • Para constituir una sociedad laboral o incorporarse a una ya existente y como sucede en el caso anterior, como socio trabajador o de trabajo, pero siempre de manera estable.

 

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¿Cómo se solicita?

Vas a poder presentar las solicitudes bien vía online a través de Internet, o de manera presencial personándote en las Oficinas de Empleo del SEPE (INEM) o en sus direcciones provinciales. El procedimiento será el siguiente:

  • Junto con la solicitud tendrás que presentar toda la documentación referente a la modalidad de pago único que corresponda y a la actividad profesional que se vaya a iniciar.
  • Va a ser necesario justificar con la documentación pertinente que la cantidad que se va a percibir va a destinarse como aportación social a una sociedad laboral o cooperativa (si este es el caso); o que es la inversión necesaria para llevar a cabo la actividad profesional en el caso de los trabajadores autónomos.
  • Normalmente se presenta también una memoria explicativa del proyecto.
  • Se dispone de 1 mes para iniciar la actividad, una vez que se haya recibido el pago único de la prestación.

 

Consejos y recomendaciones

  • Es conveniente rellenar la solicitud previamente asesorado por personal especializado en el tema.
  • Te recomendamos que consultes todas las dudas que te puedan surgir al respecto en la oficina de empleo correspondiente.

 

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Otras cosas que debes saber

  • Las prestaciones percibidas en esta modalidad de pago único están exentas del Impuesto de la Renta, hasta los 15.500€ de límite generalmente, y sin límite en el caso de trabajadores con discapacidad que se convierten en trabajadores autónomos.
  • No van a tener derecho a percibir esta prestación en la modalidad de pago único quienes durante los 24 meses anteriores a dicha solicitud hayan compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo el nivel contributivo.
  • Los trabajadores que reciban esta prestación de pago único por desempleo no podrán volver a percibirla hasta que no pase un tiempo igual al que capitalizó las prestaciones, ni solicitarla hasta que no transcurran 4 años.

 

Como habrás podido ver esta medida destinada a fomentar el empleo se presenta como una buena opción para apostar por tu negocio, para darle forma a esas ilusiones olvidadas y vida a ese proyecto que tal vez siempre has tenido en mente y que de otra manera sería inviable.

¿Te atreves a emprender?

*Este artículo se elaboró con fecha 7 febrero, 2017, por lo que es posible que alguna información no esté actualizada. Te recomendamos que siempre revises la fecha de publicación del artículo. Consulta aquí las condiciones vigentes del Depósito Facto



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