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Información Legal

Titularidad del Portal (valid.cuentafacto.es)

BANCA FARMAFACTORING, S.p.A., sucursal en España (en adelante, "BANCA FARMAFACTORING"), con domicilio social en Paseo de la Castellana 81, 9ª planta, 28046 Madrid, dirección de correo electrónico "info@valid.cuentafacto.es" y Código de Identificación Fiscal W-0056035I, es una entidad de crédito sujeta a la supervisión del Banco de España e inscrita en el Registro de Bancos y Banqueros del Banco de España con el número de codificación 1554, a la que corresponde la titularidad del portal www.cuentafacto.com (en lo sucesivo, el "PORTAL"), que pone a disposición de los usuarios de Internet, con el fin tanto de proporcionar información sobre los servicios, productos y actividades ofrecidos por BANCA FARMAFACTORING, como de permitir la prestación de determinados servicios a través del propio PORTAL, denominados "on-line".

BANCA FARMAFACTORING está inscrito en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 33.383, Folio 148, Hoja M-600965, Inscripción 1ª.


Aceptación de las Condiciones de Utilización del Portal

Las presentes condiciones generales de utilización del PORTAL, junto con las condiciones generales de contratación de los servicios prestados a través del mismo, así como cualesquiera otras condiciones que a tales efectos puedan establecerse, tienen por finalidad regular e informarte de los servicios que presta BANCA FARMAFACTORING, y la propia regulación del uso del PORTAL.

La navegación y/o la utilización de los servicios del PORTAL suponen tu aceptación, y sin reservas de ningún tipo, de todas las condiciones generales de utilización del mismo, así como de las condiciones generales de contratación y de cualesquiera otras condiciones que puedan establecerse en relación con la prestación a través del PORTAL de los servicios ofrecidos por BANCA FARMAFACTORING.


Condiciones Generales del Portal

1. Propiedad Industrial e Intelectual. Política de hiperenlaces

Todos los contenidos incluidos en el PORTAL y, en particular, las marcas, nombres comerciales, diseños industriales, diseños, textos, fotografías, gráficos, logotipos, iconos, software y cualesquiera otros signos o elementos susceptibles de utilización industrial y/o comercial están protegidos por los derechos de propiedad industrial e intelectual de BANCA FARMAFACTORING o de terceros titulares de los mismos que han autorizado su inclusión en el PORTAL. Queda, por lo tanto, expresamente prohibida cualquier utilización y/o reproducción de tales marcas, nombres comerciales, diseños industriales, diseños, textos, fotografías, gráficos, logotipos, iconos, software y demás signos o elementos susceptibles de utilización industrial y/o comercial, sin el consentimiento expreso y por escrito de BANCA FARMAFACTORING.

BANCA FARMAFACTORING no será responsable de la infracción de los derechos de propiedad intelectual o industrial correspondientes a terceros que pudiera derivarse de la inclusión en el PORTAL de marcas, nombres comerciales, diseños industriales, diseños, textos, fotografías, gráficos, logotipos, iconos, software y cualesquiera otros signos o elementos susceptibles de utilización industrial y/o comercial pertenecientes a terceros que hayan declarado ser titulares de los mismos y autorizado su inclusión en el PORTAL.

En ningún caso se entenderá que el acceso al PORTAL y tu navegación comportan renuncia, transmisión, o cesión total o parcial de los antes citados derechos por parte de BANCA FARMAFACTORING o de los titulares correspondientes, ni la concesión de derecho, expectativa de derecho o autorización alguna para alterar, transformar, explotar, reproducir, distribuir o comunicar públicamente los contenidos incluidos en el PORTAL, cuya alteración, transformación, explotación, reproducción, distribución o comunicación pública requerirá, en todo caso, de la previa y expresa autorización por escrito de BANCA FARMAFACTORING o de los titulares correspondientes.

No se podrá establecer ningún vínculo al PORTAL desde cualesquiera otras páginas web sin el consentimiento previo y expreso de BANCA FARMAFACTORING por escrito. Los enlaces que se establezcan deberán hacerse siempre a la página principal del PORTAL o, en su caso, a aquella página que el propio BANCA FARMAFACTORING determine, siendo dicho enlace absoluto y completo de modo y manera que te lleve al sitio de BANCA FARMAFACTORING, que deberá abarcar completamente toda la extensión de la pantalla de la página principal.

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2. Responsabilidad de BANCA FARMAFACTORING.

Al acceder al PORTAL y utilizar sus servicios, aceptas y reconoces que este hecho se realiza bajo tu exclusiva responsabilidad.

No obstante, BANCA FARMAFACTORING adoptará en todo momento las medidas necesarias, dentro de sus posibilidades y habida cuenta del estado de la tecnología, para garantizar el adecuado funcionamiento del PORTAL y evitar la existencia y transmisión de virus y otros componentes que pudieran perjudicarte.

3. Obligaciones del Usuario:

Al utilizar los contenidos del PORTAL te obligas a hacerlo de forma diligente, correcta y lícita, y, en consecuencia, deberás abstenerte, en todo caso, de:

(i) Utilizar los contenidos del PORTAL con fines o con efectos contrarios a la ley, a la moral y a las buenas costumbres generalmente aceptadas o al orden público.

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4. Modificaciones:

Nos reservamos el derecho de efectuar sin previo aviso las modificaciones que consideremos oportunas en el PORTAL, pudiendo realizar las variaciones tanto los contenidos y servicios que se presten a través del mismo como la forma en la que éstos aparezcan.

5. Enlaces:

En el caso de que en el PORTAL se dispusiesen enlaces o hipervínculos hacía otros sitios de Internet, BANCA FARMAFACTORING no ejercerá ningún tipo de control sobre dichos sitios y contenidos.

Por otro lado, BANCA FARMAFACTORING no asumirá responsabilidad alguna por los contenidos de algún enlace perteneciente a un sitio web ajeno, ni garantizará la disponibilidad técnica, calidad, fiabilidad, exactitud, amplitud, veracidad, validez y constitucionalidad de cualquier material o información contenida en ninguno de dichos hipervínculos u otros sitios de Internet.

Igualmente la inclusión de estas conexiones externas no implicará ningún tipo de asociación, fusión o participación con las entidades conectadas.

6. Derecho de exclusión:

BANCA FARMAFACTORING se reserva el derecho a denegar o retirar el acceso al PORTAL y/o los servicios ofrecidos sin necesidad de preaviso, a instancia propia o de un tercero, a aquellos usuarios que incumplan las presentes Condiciones Generales de Uso.

7. Duración y modificación de las condiciones:

Nos reservamos el derecho a modificar en cualquier momento las condiciones aquí determinadas, siendo debidamente publicadas como aquí aparecen. La vigencia de las citadas condiciones irá en función de su exposición y estarán vigentes hasta que sean modificadas por otras.

Legislación aplicable y jurisdicción competente.

En todo caso, las normas del Ordenamiento Jurídico Español son las aplicables para las relaciones que establezcas con BANCA FARMAFACTORING.

BANCA FARMAFACTORING te informa de que BANCA FARMAFACTORING se basa en la legislación del Estado Español para establecer relaciones con el consumidor, antes de la celebración de los contratos.

Para los casos en los que la normativa nos permita someternos voluntariamente a un fuero, con renuncia expresa a cualquier otro que corresponda, lo hacemos expresamente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid para resolver cualquier litigio o controversia que surja entre las relaciones establecidas entre nosotros.


Medios Técnicos

Todos los medios técnicos que sean necesarios para acceder al PORTAL y a la prestación de los servicios ofertados a través del mismo por BANCA FARMAFACTORING serán por tu cuenta en exclusiva, así como también cualesquiera impuestos o gastos de otro tipo a los que la prestación de tales servicios diera lugar.
A continuación te presentamos las principales referencias normativas relacionadas con la transparencia y la protección de los clientes de servicios bancarios:

  • Circular 5/2012 de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos (BOE nº 161, de 06/07/2012).

  • Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios (B.O.E. 29/10/2011).

  • Orden EHA/1608/2010, del 14 de junio, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago (BOE del 18-06-2010).

  • Orden EHA/1717/2010, de 11 de junio, de regulación y control de publicidad de servicios y productos de inversión.

  • Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de publicidad de servicios y productos bancarios.

  • Orden EHA/1665/2010, del 11 de junio, por la que se desarrollan los artículos 71 y 76 del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión, en materia de tarifas y contratos-tipo (BOE del 23-06-2010).

  • Ley 16/2009, del 13 de noviembre, de servicios de pago (BOE del 14-11-2009).

  • Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.

  • Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo (B.O.E. del 24 de marzo), sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.

  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Pensiones.

  • Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.

  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

  • Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación.

  • Ley 22/2010 de 20 de julio del Parlamento de Cataluña (DOGC de 23 de julio), del Código de Consumo de Cataluña.

  • Directiva 2007/64/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre, sobre servicios de en el mercado interior, por la que se modifican las Directivas 97/7/CE, 2002/65/CE, 2005/60/CE y 2006/48/CE y por la que se deroga la Directiva 97/5/CE.

  • Reglamento (UE) 260/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y se modifica el Reglamento (CE) 924/2009.

  • Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
La normativa referida a la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del Terrorismo tiene como finalidad prevenir e impedir la utilización del sistema financiero y de otros sectores de la actividad económica para blanquear los capitales procedentes de cualquier tipo de actividad delictiva.

Así, la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del Terrorismo,  tiene por objeto la protección de la integridad del sistema financiero y de otros sectores de actividad económica mediante el establecimiento de obligaciones de prevención para los sujetos obligados.

La Ley 10/2010 ha sido parcialmente modificada por la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en su Disposición Final Sexta.

Finalmente, el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010. Este RD incorpora las principales novedades de la normativa internacional a partir de la aprobación de las nuevas Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y establece la obligación de los sujetos obligados de analizar los riesgos principales en función del tipo de negocio, de productos y de clientes con los que establezcan relaciones de negocio.

Banca Farmafactoring, como sujeto obligado, ha establecido las oportunas políticas y programas de prevención, dotando a la entidad de los medios técnicos y humanos necesarios para el cumplimiento de la normativa y la detección, análisis y en su caso comunicación de operaciones sospechosas o susceptibles de análisis especial.

Como entidad financiera estamos obligados a disponer de copia de determinados documentos de nuestros clientes, como requisito de identificación formal, y a conocer su actividad económica o profesional, así como el propósito de la relación de negocios. Sin estos requisitos legales de información, no podemos iniciar ni mantener relaciones de negocio con ningún cliente.

Si quieres conocer más sobre la prevención del blanqueo de capitales en España, puedes consultar la página web del SEPBLAC desde aquí.
¿Qué es SEPA?

SEPA se corresponde con el acrónimo de "Single Euro Payments Area", es decir, Zona Única de Pagos. Esta zona a la que pertenecen los 27 estados miembros de la Unión Europea además de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, será el área en la que todos sus agentes económicos, tanto ciudadanos como empresas, podrán realizar y recibir pagos en euros con las mismas condiciones básicas, derechos y obligaciones, e independientemente de su situación de origen y destino. La SEPA, que se originó debido al impulso de las entidades financieras y el apoyo de otras instituciones europeas como, el Banco Central Europeo y la Comisión Europea, supone la creación de una serie de infraestructuras y de nuevos estándares que persiguen la igualdad de la realización y recepción de pagos a través de transferencias, domiciliaciones bancarias y operaciones con tarjetas. El éxito de todos estos procesos supondrá para todas las partes importantes beneficios económicos así como para el conjunto de la sociedad.


Transferencias SEPA:

Una transferencia SEPA es el envío de una orden de pago desde la entidad del pagador a la entidad bancaria del beneficiario siempre que cumpla con una serie de requisitos: Se trata siempre de una transferencia tipo SHARE, es decir, los gastos de la misma se comparten entre los dos intervinientes de la transacción. El emisor pagará a su entidad una comisión, que será inferior a los gastos que hubiese tenido si la transferencia fuese tipo OUR (el ordenante asume todos los gastos) y el beneficiario abonará a su entidad la tarifa que tenga establecida para ese tipo de operaciones. El beneficiario recibe el total del importe de la transferencia, luego de forma independiente su entidad le cargará el coste del servicio por recepción de la misma. No tiene límite de importe pero deben ser en euros y su destino cualquier país de la zona SEPA. El plazo máximo para la liquidación será de 3 días hábiles. El cliente deberá aportar los datos completos de las cuentas de origen y destino, es decir, el BIC y el IBAN.
Enlaces:
http://www.bde.es/bde/es/secciones/informes/Folletos/SEPA/
http://www.sepaesp.es/sepa/es/
La Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (FATCA por sus siglas en inglés), aprobada por el Congreso de los Estados Unidos el 18 de marzo del 2010, tiene como finalidad evitar la evasión fiscal de contribuyentes estadounidenses que obtienen beneficios fuera de EE.UU., mediante la identificación de cuentas y productos financieros que mantienen en Instituciones Financieras Extranjeras (FFIs).

Para facilitar la aplicación en España de la normativa FATCA, el 14 de mayo de 2013 España firmó un acuerdo de colaboración con Estados Unidos, que entró en vigor el 1 de julio de 2014, fecha desde la cual las instituciones financieras en España tienen la obligación de identificar, clasificar y reportar anualmente las cuentas de clientes (personas físicas y jurídicas) con obligaciones fiscales en EE.UU. (US Person). Dicha información se remite por parte de las Entidades Financieras a la Agencia Tributaria Española (AEAT), que a su vez remite dichos datos al Servicio de Rentas Internas de EE.UU. (IRS).

En cumplimiento de esta normativa, Banca Farmafactoring está obligada a:

  • Realizar una correcta identificación de los clientes, que permita detectar a los clientes estadounidenses afectados por la normativa a través de una serie de indicios como la nacionalidad, residencia, domicilio postal y fiscal, lugar de nacimiento, teléfonos, transferencias periódicas a Estados Unidos y poderes notariales, u otros similares.
  • Obtener la documentación soporte de esta información para todos aquellos clientes sobre los que exista indicios de vinculación con Estados Unidos.
  • Reportar anualmente a la AEAT la información de las cuentas financieras de los clientes considerados personas estadounidenses, de acuerdo con la normativa FATCA:
    • Identidad de las personas y entidades (nombre, domicilios, Nif estadounidense).
    • Sus cuentas (números de cuenta) y saldos en las mismas.
    • Rentas brutas pagadas en estas cuentas (intereses, dividendos, ganancias, otras rentas ... con independencia de la fuente).


Se consideran Personas de EE.UU. (US Person) a efectos de retención de impuestos federales a:

  • Las personas físicas que posean ciudadanía de EE.UU. o residentes extranjeros en EE.UU.
  • Una sociedad, corporación, compañía o asociación creada o constituida en los Estados Unidos o bajo la legislación de EE.UU.


Si quieres obtener más información sobre FATCA, puedes accedes a la web del IRS desde aquí.

Desde el 25 de mayo de 2018 resulta de aplicación el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, conocido comúnmente como RGPD, que pretende reforzar tu derecho a la privacidad, aumentando y mejorando notablemente la información que dispones sobre protección de datos, en particular, sobre por qué y para qué usamos tus datos personales y te otorga nuevos derechos.


Cada vez que recabemos datos en esta página web, ya sea por medio del formulario de contratación como al introducir un comentario a un post en nuestro blog, o a través de cualquier otro medio que en el futuro pueda implementarse, incluiremos el correspondiente aviso de protección de datos para explicarte con la máxima transparencia los aspectos relativos a la protección de tus datos personales. Dispondrás siempre que sea posible de una información en dos capas: un resumen con la “información básica sobre protección de datos” y, adicionalmente, una “información detallada sobre protección de datos”, de conformidad con la nueva normativa y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos.


El Responsable del Tratamiento es Banca Farmafactoring S.p.A., Sucursal en España, CIF W0056035I, Paseo de la Castellana 81, 9ª planta, 28046 Madrid, teléfono 900 848 022, correo electrónico sac@bffgroup.com


Además, en cada aviso concreto te informaremos de:


  • ¿Con qué finalidades tratamos tus datos?
  • ¿Cuál es la legitimación o base jurídica para el tratamiento de tus datos?
  • ¿A qué destinatarios se comunicarán tus datos?
  • ¿Cuáles son tus derechos cuando nos facilitas tus datos?
  • ¿Cómo hemos obtenido tus datos?
  • ¿Por cuánto tiempo conservaremos tus datos?

Para ejercer los derechos (acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición), rogamos te pongas en contacto con Banca Farmafactoring S.p.A., Sucursal en España, enviando una carta certificada a Paseo de la Castellana 81, 9ª planta, 28046 Madrid, acompañado de fotocopia del documento oficial que te identifique o mediante un correo electrónico a la dirección sac@bffgroup.com o a través del apartado de “Consultas” del área cliente de la banca electrónica tipificándolo como “Reclamación Servicio Atención al Cliente”. Si se trata únicamente de la oposición por el cliente a recibir comunicaciones publicitarias, la solicitud puede dirigirse únicamente a bajaspubli@bffgroup.com


El Banco ha designado un Delegado de Protección de Datos (o “DPO” – “Data Protection Officer”). Puedes contactar con el DPO en el siguiente correo electrónico dpo@bffgroup.com o mediante carta dirigida a su atención a la dirección antes mencionada.

Medidas de seguridad para garantizar la confidencialidad en las comunicaciones y consejos de seguridad para utilizar tus dispositivos tecnológicos:

Claves y contraseñas

Desde el momento de contratación, el cliente dispone de las credenciales de acceso al área privada de Banca a Distancia (“Área Clientes”). Una vez completado el primer paso del formulario te enviaremos las credenciales de acceso al Área Clientes (usuario y contraseña) a tu dirección de correo electrónico y a tu teléfono móvil.
Tus claves son personales e intransferibles, de modo que habrás de velar por su protección y no revelársela a nadie. Mantén tus claves de acceso en secreto y evita también anotarlas en lugares visibles o de fácil acceso.
En todo caso, te recomendamos cambiar tu contraseña de manera periódica utilizando una clave strong (combinando números y letras) que no pueda ser deducida fácilmente por una persona ajena. No utilices claves triviales o repetitivas susceptibles de ser descubiertas fácilmente por sí mismas o por contener información relacionada contigo.
Para reforzar tu seguridad, al realizar algunas operaciones a través del Área Clientes será necesario introducir un código de validación adicional (denominado OTP ("one-time password")) que recibirás a través de SMS en tu teléfono móvil. Por ello, recuerda que debes de tener el número de teléfono móvil actualizado y confirmado para poder recibir la OTP y así poder validar tus operaciones con total seguridad.

Navegación segura por internet

A continuación te damos algunos consejos importantes para hacer de tu navegación por internet lo más segura posible:
  • Si utilizas tu ordenador para acceder al Área Clientes, debes realizar un uso seguro en cualquier entorno para evitar programas nocivos que te puedan generar problemas. Navega únicamente por sitios conocidos que te inspiren confianza.
  • Cuando introduzcas datos sensibles o personales, verifica que la web es segura, revisando el tipo de conexión (https:\\) y comprueba que existe un candado en la parte superior del navegador.
  • Dispón de un anti-virus de confianza en tu dispositivo y mantenlo actualizado en todo momento a efectos de prevenir el software malicioso o malware.
  • Desactiva la opción de guardar contraseña o autocompletar de tu navegador. Si terminas de realizar operaciones online, es fundamental que, incluso si te conectas desde tu ordenador personal, finalices la sesión para evitar que alguien pueda acceder sin tu permiso.
  • Elimina de manera periódica los archivos temporales que puedan almacenarse en tu navegador.
  • Evita descargas desde webs desconocidas o desde mails sospechosos. Accede únicamente a sitios web que presenten un cierto grado de confianza.
  • Al descargar archivos, procura que sea desde páginas cuya identidad y fiabilidad esté demostrada, y siempre bajo tu consentimiento.
  • Evita los enlaces sospechosos. A través de estos enlaces se envía a los usuarios a sitios maliciosos. Estos enlaces pueden estar en correos electrónicos, ventanas de chats, banners de publicidad o mensajes en redes sociales.
  • Procura no introducir información sensible o personal a través de ordenadores públicos.
  • En caso de que tengas alguna duda sobre la autenticidad de cualquier correo electrónico o sitio web que parezca proceder de Banca Farmafactoring o Cuenta Facto, ponte en contacto con nosotros de forma inmediata.

En la web del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE) podrás encontrar más información al respecto: https://www.incibe.es/home/instituto_nacional_ciberseguridad/

Suplantación de identidad

Phishing, también denominado suplantación de identidad, es un término informático que denomina un modelo de abuso informático que se comete mediante el uso de un tipo de ingeniería social caracterizado por intentar adquirir información confidencial de forma fraudulenta (como puede ser una contraseña o información detallada sobre tarjetas de crédito u otra información bancaria). El cibercriminal, conocido como phisher, se hace pasar por una persona o empresa de confianza en una aparente comunicación oficial electrónica, por lo común un correo electrónico, o algún sistema de mensajería instantánea o incluso utilizando también llamadas telefónicas.

¿Cómo reconocer el phishing?
  • La dirección de correo desde la que se envía el mail es falsa.
  • Se incluye el logo de Banca Farmafactoring y la imagen del portal transaccional, con el fin de lograr la imagen corporativa de la entidad.
  • El lenguaje es en ocasiones incorrecto y discordante, debido a la utilización de traductores de idiomas por parte de los creadores del fraude.
  • Se intenta convencer al usuario indicando que debido a la existencia de fraudes financieros es necesario que el cliente verifique sus claves de acceso personales.
  • El correo introduce tres campos en los que el usuario debe teclear sus códigos personales (usuario y contraseña) o un enlace a una página ficticia de la web.

  • No respondas a ninguna solicitud de tus claves de acceso, firma, tarjetas o datos personales que te llegue a través de correo electrónico o SMS. Recuerda que desde Banca Farmafactoring nunca solicitamos datos personales a través de estos canales.

    Normativa

    − Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
    − Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
    − Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras Leyes complementarias.
    − Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.
    − Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación.
    − Real Decreto 1163/2005, de 30 de septiembre, por el que se regula el distintivo público de confianza en los servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, así como los requisitos y el procedimiento de concesión.

El CRS (“Common Reporting Standard”) es un sistema de intercambio automático de información tributaria entre países que permitirá a las administraciones tributarias de los países adheridos disponer de forma periódica de información fiscal de las inversiones o posiciones de sus contribuyentes en instituciones financieras situadas en el extranjero.


El intercambio internacional de información en materia financiera es un valioso instrumento para verificar, por parte de las Administraciones tributarias, el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Por ello, tomando como punto de partida el modelo de acuerdo intergubernamental para la mejora del cumplimiento fiscal internacional y la aplicación de la ley estadounidense de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras (FATCA), el 29 de octubre de 2014 un total de 51 países y jurisdicciones firmaron en Berlín el Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes sobre Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras.


A nivel europeo se ha aprobado la Directiva 2014/107/UE del Consejo, de 9 de diciembre de 2014, que modifica la Directiva 2011/16/UE por lo que se refiere a la obligatoriedad del intercambio automático de información en el ámbito de la fiscalidad. Y en España se ha promulgado el Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.


Este real decreto incorpora al ordenamiento interno las normas de comunicación de información a la Administración tributaria sobre cuentas financieras y los procedimientos de diligencia debida que deben aplicar las instituciones financieras en la obtención de dicha información, para que, a su vez, la Administración tributaria pueda intercambiar la información recibida, de forma automática, con la Administración correspondiente del país o jurisdicción de residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de la cuenta financiera.


Por tanto, en virtud de la normativa anterior, Banca Farmafactoring Sucursal en España, como el resto de instituciones financieras, debe identificar la residencia de las personas que ostenten la titularidad o el control de las cuentas financieras y de informar a la Administración tributaria.


La obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de cuentas financieras es un paso previo y necesario para la comunicación de información, y ha de realizarse respecto de la totalidad de las cuentas financieras de la institución financiera. A diferencia de la obligación anterior, la obligación de información se limita a la personas que ostentando la titularidad o el control de cuentas financieras, sean residentes fiscales en alguno de los países o jurisdicciones con los que existe obligación de intercambiar información en el ámbito de la asistencia mutua.


Esta normativa resulta aplicable desde el 1 de enero de 2016. En consecuencia, las instituciones financieras deberán suministrar por primera vez a la Administración tributaria la información relativa al año 2016. Este primer suministro de información tendrá lugar en el año 2017.


Estas normas y procedimientos de diligencia debida afectan a las cuentas preexistentes y cuentas nuevas y a las cuentas de personas físicas y cuentas de entidades.

La Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, regula las obligaciones de información y clasificación de productos financieros y tiene por objeto garantizar un adecuado nivel de protección al cliente o potencial cliente de productos financieros mediante el establecimiento de un sistema normalizado de información y clasificación que le advierta sobre su nivel de riesgo y le permita elegir los que mejor se adecuen a sus necesidades y preferencias de ahorro e inversión.


Se ha buscado la simplicidad y la homogeneidad, para que la información ayude a los clientes potenciales a comparar diferentes productos y comprender sus principales características mediante un formato gráfico normalizado (tipo semáforo). La normativa es de aplicación a los productos financieros, y entre ellos, los depósitos bancarios incluyendo, entre otros, los depósitos a la vista, de ahorro y a plazo. Por tanto, afecta a la actividad de Banca Farmafactoring Sucursal en España.


Clasificación de productos en virtud del indicador de riesgo


Los productos financieros se clasifican en 6 clases. Los depósitos bancarios pertenecen a la clase 1.


grafico riesgo

Existe otra opción de representarlo gráficamente a elección de la entidad financiera.


Alerta sobre la liquidez


La que aplicaría a Banca Farmafactoring Sucursal en España por no existir la posibilidad de cancelación anticipada de los depósitos a plazo es:


La venta o cancelación anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes”.


La frase anterior recoge el tenor literal de la normativa pero en el caso de Banca Farmafactoring los depósitos a plazo no se pueden cancelar de forma anticipada, ni siquiera con pérdida.


Alerta sobre complejidad


Los depósitos no tienen la consideración de productos complejos así que no aplicaría a BFFSE la alerta de complejidad.

Banca Farmafactoring S.p.A., Sucursal en España está adherida al Fondo Interbancario di Tutela dei Depositi (FITD) italiano, con domicilio en Vía del Plebiscito, 102 (Roma, Italia), que ofrece una garantía de hasta 100.000 Euros por cliente respecto de los depósitos de efectivo realizados en el Banco. Puede obtenerse información adicional sobre el citado fondo en la página web www.fitd.it y en www.bancafarmafactoring.it.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE LA COBERTURA DE LOS DEPÓSITOS:

Los depósitos mantenidos en el Banco están garantizados por:

Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito italiano ("Fondo Interbancario di Tutela dei Depositi") (1)

Límite de la cobertura:

100.000,00 EUR por depositante y entidad de crédito (2)

Si tiene usted más depósitos en la misma entidad de crédito:

Todos sus depósitos en la misma entidad de crédito se suman y el total está sujeto al límite de 100.000,00 EUR

Si tiene una cuenta en participación con otra(s) persona(s):

El límite de 100.000,00 EUR se aplica a cada depositante por separado (3)

Período de reembolso en caso de concurso de la entidad de crédito:

20 días laborables (límite que se podrá prorrogar por el Banco de Italia a 10 días laborables adicionales en casos excepcionales) (4)

Moneda en que se realiza el reembolso:

Euros (EUR)

Contacto:

Dirección: Via del Plebiscito 102, Roma, Italia.

Teléfono: +39-06-699861

Fax: +39-06-6798916

Correo electrónico: infofitd@fitd.it

Para más información:

http://www.fitd.it

Información adicional (toda o parte de la información que aparece más abajo(5)):

(1) Sistema responsable de la cobertura de su depósito.
Su depósito está garantizado por un sistema contractual reconocido oficialmente como Sistema de Garantía de Depósitos. En caso de insolvencia de su entidad de crédito, su depósito se le reembolsará hasta los 100.000 EUR.

(2) Límite general de la protección.
Si no pudiera disponerse de un depósito debido a que una entidad de crédito no esté en condiciones de cumplir sus obligaciones financieras, un Sistema de Garantía de Depósitos reembolsará a los depositantes. El reembolso asciende como máximo a 100.000 EUR por entidad de crédito. Esto significa que se suman todos sus depósitos efectuados en la misma entidad de crédito para determinar el nivel de cobertura. Si, por ejemplo, un depositante posee una cuenta de ahorro con 90.000 EUR y una cuenta corriente con 20.000 EUR, solo se le reembolsarán 100.000 EUR.

(3) Límite de la protección para las cuentas en participación.
En el caso de cuentas en participación, el límite de 100.000 EUR se aplicará a cada depositante.
Sin embargo, los depósitos en una cuenta sobre la que tengan derechos dos o más personas como socios o miembros de una sociedad, una asociación o cualquier agrupación de índole similar, sin personalidad jurídica, se agregan y tratan como si los hubiera efectuado un depositante único a efectos del cálculo del límite de 100.000 EUR.

(4) Reembolso.

El Sistema de Garantía de Depósitos responsable es

  • Fondo Interbancario di Tutela dei Depositi
  • Dirección: Via del Plebiscito 102, Roma, Italia
  • Teléfono: +39-06-699861
  • Fax: +39-06-6798916
  • Correo electrónico: infofitd@fitd.it
  • Sitio Web: http://www.fitd.it

El F.I.T.D. reembolsará sus depósitos (hasta 100.000 euros) en un plazo de: 20 días laborables hasta el 31 de diciembre de 2018; 15 días laborables desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020; 10 días laborables desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023. A partir del 1 de enero de 2024 en un plazo de 7 días laborables. El derecho al reembolso expira a los cinco años después de la fecha en que se producen los efectos de la medida de inicio de la liquidación administrativa obligatoria del banco. La caducidad se evita mediante la presentación de una petición ante un tribunal, a menos que el juicio finalice, o mediante el reconocimiento de la reclamación por el sistema de garantía (véase el artículo 96-bis.2, apartado 4, del Decreto Legislativo 1º septiembre 1993, nº 385 – Texto Único Bancario). Hasta el 31 de diciembre de 2023, si el Fondo Interbancario de Protección de Depósitos no efectúa el reembolso en un plazo de siete días hábiles, deberá, no obstante, velar por que cada uno de los titulares de un depósito protegido que lo haya solicitado reciba, en un plazo de cinco días hábiles a partir de la fecha de la solicitud, una cantidad suficiente que le permita hacer frente a sus gastos corrientes, con cargo a la cantidad adeudada en concepto de reembolso. La cuantía es determinada por el Fondo Interbancario de Protección de Depósitos con arreglo a los criterios establecidos en sus Estatutos. Si no reembolsa en estos plazos, ponte en contacto con el sistema de garantía de depósitos, ya que puede haber un plazo para reclamar el reembolso. Puede obtenerse más información en la siguiente dirección de Internet: http://www.fitd.it


(5) Otra información importante.
En general, todos los depositantes minoristas y las empresas están cubiertos por sistemas de garantía de depósitos. Las excepciones aplicables a ciertos depósitos pueden consultarse en el sitio web del sistema de garantía de depósitos responsable. El Banco le informará también, si así lo solicita, de si determinados productos están cubiertos o no. Si los depósitos están cubiertos, el Banco se lo confirmará también en los extractos de cuenta.

Normativa aplicable

Disposiciones del Derecho comunitario:

  • Directiva 94/19/CE, de 30 de mayo, del Parlamento Europeo.
  • Directiva 97/9/CE, de 3 de marzo, del Parlamento Europeo.
  • Directiva 2009/14/CE, de 11 de marzo, del Parlamento Europeo.
  • Directiva 2014/49/UE de 16 de abril de 2014, relativa a los sistemas de garantía de depósitos.

Disposiciones italianas:

  • Decreto legislativo n.49, de 24 de marzo 2011.
  • Decreto legislativo n.385, de 1 septiembre 1993.

Disposiciones españolas:

  • Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
  • Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.
  • Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de restructuración y resolución de entidades de crédito.
  • Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de los Fondos de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.
  • Disposición final primera del Real Decreto 1012/2015, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por el que se modifica el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito.
  • Real Decreto 628/2010, de 14 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre Fondo de Garantía de Depósitos de entidades de Crédito en entidades de crédito y el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores.
  • Real Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero, para el reforzamiento del sistema financiero.
Banca Farmafactoring S.p.A. Sucursal en España actúa bajo la denominación comercial FACTO. Paseo de la Castellana 81, 9ª planta, 28046 Madrid. Entidad de crédito sujeta a la supervisión del Banco de España e inscrita en el Registro de Entidades de Crédito Nacionales del Banco de España con el número 1554. CIF W-0056035I inscrito en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 33.383, Folio 148, Hoja M-600965, Inscripción 1ª. Banca Farmafactoring S.p.A es una entidad bancaria adherida al Fondo de Garantía de Depósitos Italiano (F.I.T.D. – Fondo Interbancario di Tutela dei Depositi). Importe máximo garantizado hasta 100.000 euros por titular.